Dirigentes de organizaciones comunitarias del Territorio Indígena de Térraba y de otros territorios del sur de Costa Rica; de la Asociación Regional Aborigen del Dikes (ARADIKES) y de la Mesa Nacional Indígena de Costa Rica (MNICR) analizaron los resultados de la visita oficial del Dr. James Anaya, Relator Especial sobre la Situación de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales de los Pueblos Indígenas de la ONU.
Los indígenas que se reunieron el 30 de mayo pasado, expresaron que con la visita del Relator Dr. Anaya, se cumplió una etapa en la defensa de los derechos indígenas, en la cual se evidenció de manera clara y se dio a conocer a la opinión publica la violación a los derechos de los pueblos que están cometiendo el Instituto Nacional de Electricidad (ICE) y el Estado-Nación, y que el ICE ejerció acciones mediáticas como retirar su maquinaria menor y suspender a sus trabajadores que operaban en el Territorio Térraba.

James Anaya
Siguen manifestando los indígenas, que el ICE lleva a cabo una estrategia de tratar de encubrir la ilegalidad de sus acciones a través de la continuidad a través de la mala utilización de vecinos de Térraba, incluidos algunos indígenas como promotores del PH DIQUIS, la realización de estudios sobre la cobertura geográfica de Térraba, el ocultamiento a los térrabas de los múltiples documentos producidos en el territorio y que son vitales para sus análisis y opinión indígena, la elaboración de una metodología de “consulta” sin la participación indígena y sin que se les entregue copia de ella.
En esta nueva etapa de los indígenas definieron una ruta de lucha que incluyen acciones y articulaciones en todos los niveles, donde los Territorios afectados más directamente el PH DIQUIS son quienes tienen el papel protagónico.
Coincidentemente el mismo día de la reunión indígena, el Relator Dr. Anaya, publica su nota con observaciones y recomendaciones al gobierno costarricense, sobre la situación de los pueblos indígenas que comprobó personalmente en su visita a Costa Rica del 24 al 27 de abril pasado, y con fundamento en los instrumentos internacionales relevantes, especialmente la Declaración sobre los Derechos de Los Pueblos Indígenas de la ONU, y el Convenio 169 de la OIT. Las observaciones y recomendaciones del Relator fueron sobre:
A. La necesidad de un proceso de consulta adecuado
1. El objetivo de la consulta: el consentimiento libre, previo e informado
2. Medidas para establecer un ambiente de confianza
3. La participación y representación en el proceso de consulta
4. La definición del proceso de: la “consulta sobre la consulta”
5. La mitigación de la asimetría en las condiciones de poder
6. Una propuesta: un equipo de expertos independientes para facilitar el proceso
B. Cuestiones de fondo más allá del proyecto hidroeléctrico
1. La recuperación de tierras
2. Reformas en la legislación en materia indígena y representatividad (El proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas)
CONCLUSIÓN:
El Relator Especial, finaliza su nota diciendo que: … Las observaciones y recomendaciones se ofrecen al Gobierno de Costa Rica y a los pueblos indígenas afectados por el PH DIQUIS como orientaciones específicas sobre las medidas que el Relator considera que se que se deberían de tomar si el Estado pretende seguir impulsando el proyecto …
La nota completa del Relator Especial Dr. James Anaya, pueden obtenerla en: http://unsr.jamesanaya.org/esp/
Observaciones y recomendaciones del Relator Especial del proyecto hidroeléctrico el Diquis
Editores del Centro para el Desarrollo Indígena: A continuación los extractos más importantes de las observaciones y recomendaciones, acerca de la situación de los pueblos indígenas afectados por el proyecto hidroeléctrico El Diquís en Costa Rica, realizadas por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, James Anaya, dado a conocer el día de hoy (2 de junio 2011).
30 de mayo de 2011
A. La necesidad de un proceso de consulta adecuado
El Relator Especial considera que debería haberse iniciado un proceso de consulta sobre el proyecto hidroeléctrico antes de haberse comenzado los estudios técnicos, lo que hubiera permitido a las comunidades indígenas afectadas participar en las decisiones iniciales. Por el contrario, el diseño del proyecto se encuentra en un estado avanzado, y el Gobierno ha tomado varias decisiones comprometiéndose al estudio y la elaboración del proyecto, sin una consulta previa adecuada. Para el Relator Especial es claro que en esta situación, aunque el proyecto hidroeléctrico todavía no haya sido finalmente aprobado, la capacidad de los pueblos indígenas de ejercer su derecho a la libre-determinación y de sentar sus propios prioridades para el desarrollo ha sido menoscabada.
El objetivo de la consulta: el consentimiento libre, previo e informado
Al iniciarse la consulta, el Estado/ICE no debería tener como supuesto que el proyecto necesariamente vaya a realizarse, dado que la decisión final de realizar o no el proyecto debería estar sujeta al resultado de la consulta, aparte de otras consideraciones de interés social y nacional a concretarse.
2. Medidas para establecer un ambiente de confianza
Además, el Relator Especial comparte la opinión de que sí se debería haberse realizado consultas de acuerdo a los criterios internacionales sobre las instalaciones y actividades de investigación antes de introducirlas en el territorio Térraba, con independencia a las consultas que eventualmente se realizaran en anticipación de la ejecución del proyecto en si. También considera que la atención del ICE hacia los pueblos indígenas, en relación al proyecto, podría haberse conducido mejor, tal como la dirigencia del mismo ICE reconoció en sus conversaciones con el Relator Especial.
El Relator Especial considera que sería aconsejable que el ICE añada a ese gesto un claro compromiso de no reintroducir sus operaciones en territorios indígenas sin una consulta previa adecuada, así como que sean reconocidas las deficiencias del ICE en su comportamiento con los pueblos indígenas hasta el momento.
Otra medida que el Relator Especial considera aconsejable para la construcción de un clima de confianza sería la divulgación de los estudios de factibilidad del proyecto hidroeléctrico que fueron completados antes del inicio de la etapa actual de investigación sobre el proyecto todavía en curso.
El Relator Especial considera aconsejable que el ICE busque una manera de divulgar aquellos estudios ya completados como muestra de su disponibilidad para entrar en un proceso de consulta transparente en el que las partes indígenas puedan disponer de información comprensiva.
En el caso particular de los pueblos indígenas afectados por el proyecto hidroeléctrico El Diquís, el Relator Especial considera que se debería avanzar en un mecanismo para la recuperación de tierras, lo que podría ayudar a establecer las condiciones que pudieran llevar a un consenso sobre el proyecto.
3. La participación y representación en el proceso de consulta
Por lo tanto, no corresponde al Estado costarricense ni a ninguna de sus agencias definir las modalidades de representación de los pueblos indígenas a ser consultados sobre el proyecto El Diquís. La asignación de sus representantes ha de ser definida por los propios pueblos indígenas. En este sentido, la consulta debería ser realizada mediante los mecanismos de representación definidos por el propio pueblo teribe y los otros pueblos afectados por el proyecto, de acuerdo a sus costumbres y tradiciones.
27. Para que se efectúe un proceso de consulta adecuado sobre el proyecto hidroeléctrico, será necesario que los pueblos indígenas afectados tomen los pasos que les permitan definir ellos mismos sus modalidades de representación y participación en el proceso. Para ello, deberá prevalecer el mismo espíritu de solidaridad y cooperación que el Relator Especial encontró entre las varias organizaciones indígenas cuando visitó Térraba.
28. Por su parte, el Estado debería abstenerse de intentar influir en la definición de las modalidades de representación indígena, mientras que debería estar dispuesto a apoyar logísticamente a los pueblos indígenas en el proceso de esa definición, si estos así lo desean. El Relator Especial exhorta al Estado a disponer de paciencia y permitir a los pueblos indígenas afectados por el proyecto que dispongan del tiempo que ellos consideran necesario para estos efectos.
33. Además, el Estado no debería precipitarse en el diálogo con las partes indígenas acerca del procedimiento de consulta a realizarse. De nuevo, es necesario que los actores estatales tengan paciencia para que las partes indígenas puedan definir sus modalidades de representación, y también para que puedan prepararse adecuadamente antes de iniciar el diálogo.
5. La mitigación de la asimetría en las condiciones de poder
Es necesario que se tomen medidas para mitigar esta asimetría de poder. De no ser así, cualquier expresión de consenso o acuerdo resultante de la consulta carecerá de legitimidad y sostenibilidad. En primer lugar, el ICE debe asegurar el acceso de los pueblos indígenas a una información completa y transparente sobre el proyecto y sus posibles impactos durante todas las fases de la elaboración de esta información.
Segundo, se debe asegurar que los pueblos indígenas dispongan del conocimiento y capacidad técnica requerida. A esto efectos, los pueblos indígenas deberán poder contar con sus propios asesores expertos en las materias pertinentes, tales como ingeniería, derecho, finanzas, medioambiente, desarrollo y negociación. El Estado debería asegurar el financiamiento de estos asesores, dentro de fórmulas que les permitieran mantenerse exclusivamente al servicio de las partes indígenas y fuera del ámbito de control del ICE u otra parte
6. Una propuesta: un equipo de expertos independientes para facilitar el proceso
A estos efectos, el Relator Especial propone que, con el consentimiento de todas las partes, se designe un equipo de expertos independientes y confiables para facilitar el proceso de consulta. El Relator Especial sugiere que este equipo sea auspiciado por el sistema de Naciones Unidas. El equipo deberá tener un carácter multidisciplinario y disponer de conocimiento sobre procesos de diálogo intercultural, pueblos indígenas y sus derechos, aspectos técnicos del proyecto hidroeléctrico, estudios de impacto ambiental y social, medidas de mitigación y la elaboración de arreglos para el reparto equitativo de beneficios.
B. Cuestiones de fondo más allá del proyecto hidroeléctrico
1. La recuperación de tierras El Relator Especial estima que es necesario, de manera prioritaria, tomar pasos decisivos para buscar soluciones en las que los pueblos indígenas puedan recuperar las tierras dentro de sus territorios. El Relator Especial considera que existe una oportunidad importante para tratar la cuestión de fondo respecto a la recuperación de tierras en el contexto de negociaciones sobre el proyecto El Diquís, lo que podría ayudar a establecer las condiciones para llevar a un consenso sobre el proyecto. Este proceso de recuperación de tierras en el territorio Térraba posiblemente pueda servir como modelo para los otros pueblos indígenas en el país que se encuentran en situaciones similares.
2. Reformas en la legislación en materia indígena y representatividad
48. Existe la necesidad de tratar las preocupaciones existentes acera de la representatividad de las ADI, lo que puede conllevar un proceso que ayudara avanzar hacia la aprobación del proyecto de Ley de Desarrollo Autónomo de los Pueblos Indígenas. Al respecto, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, en sus observaciones finales sobre Costa Rica de 2007, expresó su preocupación que el proyecto de ley no había sido aprobado y recomendó que el Estado “elimine cuanto antes los obstáculos legislativos que impiden la aprobación del proyecto de Ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas”.11
El Centro para el Desarrollo Indígena (CEDIN), es una Sociedad Civil que facilita algunos procesos de desarrollo en territorios indígenas; por tanto, no somos representativos de ninguna comunidad en particular.


