A más de dos años de la promulgación del nuevo código electoral y tras la experiencia de dos procesos electorales bajo esta legislación (elecciones nacionales y municipales de 2010). La Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos ha incrementado su actividad en las últimas semanas, con el mandato de mejorar el actual código electoral.
En las actas de sus 10 sesiones realizadas hasta el pasado 01/11/11, han quedado plasmadas diversas inquietudes en materia electoral esbozadas por diferentes actores y un malestar general de que el actual código fue elaborado por técnicos y no por políticos, situación que tensa en ocasiones la relación entre la Asamblea Legislativa y el Tribunal Supremo de Elecciones.
El criterio emitido por parte de los asesores que participaron en la elaboración del Código Electoral en la administración anterior en la Comisión Especial de Reformas Electorales y Partidos Políticos, según consta en el acta de la sesión nº 3 del 31/05/2011, reveló la existencia de cierta urgencia mediática y política por dictaminar favorablemente esta normativa, situación que provocó: a) Errores a nivel de técnica legislativa, al incorporar una serie de reglamentos, generando un código excesivamente reglamentista y rígido; b) Un listado de temas pendientes sobre los cuales no existió ambiente para discutir, pero que se estima conveniente retomar en esta oportunidad.
Entre los principales temas pendientes e inquietudes importantes de retomar en esta ocasión, producto de lo citado en el párrafo anterior y de los hallazgos obtenidos hasta la fecha por la comisión especial que investiga el financiamiento del partido movimiento libertario, se encuentran:
• Desarrollo de planes pilotos para el voto en extranjero, digitalización del padrón y urna electoral.
• Instauración de la carrera parlamentaria, la cual enfrenta obstáculos de índole constitucional (artículo 106 de la Constitución Política).
• Establecimiento de plazos al Tribunal Supremo de Elecciones, de manera que este no pueda resolver cuando le venga en gana, por razones de conveniencia política o procesal, así como la creación de la doble instancia en materia electoral.
• La adopción de un modelo de franjas publicitarias en medios de comunicación administrado por el propio Tribunal Supremo de Elecciones similar a la de otros países, que garantice al menos divulgación mínima de las propuestas de las fuerzas políticas más pequeñas.
• Ejecución parcial de la deuda política y el engorroso proceso de liquidaciones (definición de requisitos, garantías, utilización de los porcentajes no liquidados para educación política u otros fines, entre otros).
• Regulación en materia de coaliciones electorales tanto para las elecciones municipales como nacionales (procesos de inscripción, registro, requisitos y finalización).
• Estudio de nuevos modelos de asignación de escaños o fórmula electoral (Haré puro, Haré puro modificado, D’ Hond) o bien la eliminación del subcociente o barrera electoral propuesto por algunos.
• Reformas a la Ley de Regulación del Referéndum, donde posterior al referendo del Tratado de Libre Comercio de 2007, quedaron manifiestas importante deficiencias en materia de financiamiento, proselitismo, fiscalización, entre otros.
• La doble postulación obligatoria u opcional, para que los candidatos a la Presidencia de la República puedan presentar su nombre tambien como diputados.
• Eliminacion de la antinatural división, que prohíbe a miembros del Poder Ejecutivo participar en actividades partidarias como sucede en otras latitudes.
• Inclusión del voto preferente que consiste en permitir al elector que vote por candidatos individuales en listas cerradas pero no bloqueadas que presenten los partidos políticos.
• Retomar la siempre controversial discusión en materia de financiamiento privado, para que personas jurídicas puedan aportar siempre y cuando se establezcan mayores controles, como exigir una certificación notarial con vista en el registro de accionistas, lo cual no necesariamente implica un sacrificio de la transparencia como lo ha señalado el Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones.
• Conveniencia o no de continuar con el sistema de los certificados de cesión del derecho eventual a la contribución estatal como mecanismo de financiamiento de los partidos políticos, el cual el propio Presidente del Tribunal Supremo de Elecciones, ha calificado de perversos y fungir como portillos para la injerencia foránea.
• Mecanismos utilizados por entes bancarios para otorgar los créditos al financiamiento de los partidos políticos, el papel u objetividad de las encuestas como instrumento de medición de riesgos, lo que ocasiona el malestar de algunas fuerzas políticas las cuales reclaman estar sujetas a la “democracia de las encuestas”.
• Mejora de controles o reglas claras, por parte de los partidos políticos para corroborar la solvencia de los contribuyentes en sus campañas y para dirimir cuestionamientos éticos sobre la contratación de empresas familiares con financiamiento privado en este tipo de procesos.
• Fortalecimiento del régimen sancionatorio, faltas y delitos electorales, con el fin de evitar que se infiltren recursos de la intimación de capitales, narcotráfico y el lavado de dinero en el financiamiento de los partidos políticos.
• Creación de una jurisdicción especializada en lo electoral en los Tribunales de Justicia, lo que permitiría sin necesidad de incurrir en una reforma constitucional crear jueces especializados en este tipo de delitos, los cuales requieren de una capacitación especial y sensibilidad particular.
• Recurrente malestar sobre el porcentaje de la contribución estatal a los partidos políticos, siempre bajo el escrutinio público y con un importante porcentaje de ciudadanos deseosos de reducirlo.
Es momento de someter nuestro actual código electoral bajo examen, de manera reposada y profunda. El debate de algunas de esta larga lista propuestas, contribuirán al fortalecimiento de nuestra democracia, en momentos que esta registra el apoyo más bajo a la democracia en 16 años, según ha señalado el último estudio de opinión pública Latibarómetro.


